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Normas no quedaron definidas en texto visado ayer por el pleno de la Convención:
Aprueban “libertad de enseñanza”, aunque queda en duda cómo será la creación de colegios y el financiamiento a privado
Votación genera incertidumbre respecto al futuro de colegios particulares subvencionados, que alertaron en múltiples oportunidades sobre el tema.
Ayer se confirmó parte del temor de los colegios particulares subvencionados respecto de la discusión del financiamiento estatal a ese tipo de estableci mientos, luego de la votación del segundo informe de la comisión de Derechos Fundamentales en el pleno de la Convención Constitucional.
Y es que aunque se aprobaron el inciso primero del Artículo 19, que indica que “la Constitución garantiza la libertad de enseñanza y es deber del Estado respetarla”, y el segundo, que comprende “la libertad de padres, madres, apoderados y apoderadas de elegir el tipo de educación de las personas a su cargo”, otros incisos y artículos. Por ejemplo, se rechazó una serie de indicaciones que resguardaban el “derecho preferente de los padres” a elegir la educación de sus hijos y proyectos educativos diversos explícitamente diferentes a los estatales, como habían advertido especialistas aludiendo incluso a la existencia de tratados internacionales al respecto.
Además, el tercer inciso de ese mismo artículo, que planteaba que “comprende la libertad para crear y gestionar establecimientos educativos, en el marco de los fines y principios de la educación”. Esto último, advierten expertos, impediría a privados crear y ser sostenedor de nuevos colegios. Financiamiento, tampoco avanzó al borrador el que “el Estado podrá financiar establecimientos educacionales no estatales”, algo que desde el año pasado alertaron expertos y agrupaciones de colegios, y que se insistió ayer desde temprano por algunos convencionales.
OPINIONES
La convencional Constanza Hube (Unidos por Chile) señala que “el reconocimiento y financiamiento de los colegios particulares subvencionados, que representan el 55% de la matrícula, dependerá de que estos se ajusten a los principios y fines que propone la Convención”.
Similar opina el convencional Alfredo Moreno (Un Chile Unido): “Les ofrecemos a los chilenos una larga lista de derechos, pero todos vienen con letra chica; por eso, cada día más gente tiene dudas”, sostiene, y agrega que “a libertad de enseñanza y el derecho preferente de los padres a educar a sus hijos quedaron en el puro título”.
Hernán Herrera, presidente de la Corporación Nacional de Colegios Particulares (Conacep), plantea qué los perjuicio de que la letra grande queda como que se respeta la libertad de enseñanza y el derecho preferente de los padres, posteriormente se dice que todo va a estar sujeto a legislación de carácter simple. Por lo tanto, cuando uno está frente a una Constitución que están construyendo de forma maximalista, la verdad es que cuando tú no quedas en ella, indudablemente se instalan inmediatamente las amenazas”. Añade que “si fuera minimalista y no se entra en detalles, uno podría pensar que hay buenas intenciones, pero cuando agregan cerca de 400 artículos y no te incluyen, quiere decir que no te consideraron en un derecho constitucional”, Herrera valora, eso sí, que no se aprobara la indicación 199, que planteaba que “el Estado no participa del financiamiento al sector privado”, de la convencional María Magdalena Rivera (Coordinadora Constituyente). Considera que hubiese sido “la muerte del sector particular subvencionado”.
Ana María Celis, coordinadora de la Comisión de Creencias del Foro Constitucional UC, afirma que las normas aprobadas “lo que hacen desde la perspectiva de la libertad religiosa, es prescindir del desarrollo espiritual que comprende todo proceso de aprendizaje, limitan el derecho preferente de los padres a transmitir sus creencias y su expresión en la educación formal: la iniciativa privada para desarrollar proyectos educativos”. Profundiza en que “es además lamentable que se desconozca la realidad nacional: el 39% de los establecimientos educacionales es de orientación religiosa, principalmente de predominio católico (91%) y evangélico (9%). Más de la mitad corresponde a establecimientos particulares subvencionados”.
Por el contrario, Cristián Bellei, académico del CIAE de la U. De Chile y de la U. Austral, dice que lo aprobado “garantiza la libertad de enseñanza y mandata al Estado a respetarla, por lo que no veo riesgos en ese sentido”.
Fuente: El Mercurio (12/05/2022)
Convención Constitucional

La Convención tiene por misión redactar y aprobar la propuesta de una nueva constitución de la República, lo que fue habilitado por el plebiscito del 25 de octubre de 2020. Su trabajo será sometido a un plebiscito con voto obligatorio para que se apruebe o rechace.
Tiene su origen en la ley 21.200 de reforma constitucional que convocó a las elecciones de convencionales del 15 y 16 de mayo de 2021 y que incluyó, por primera vez, paridad entre hombres y mujeres y escaños reservados para los pueblos originarios.
HISTORIA
El itinerario constitucional se impulsó tras las movilizaciones de octubre de 2019 que derivaron en el llamado a un “Acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución”, que fue firmado en la madrugada del 15 de noviembre.
Lo que siguió fue un camino de reformas constitucionales aprobadas por el Congreso Nacional para establecer un itinerario constitucional y para regular la equidad de género y la reserva de escaños para los pueblos originarios.

El 25 de octubre de 2020, esto se sometió a la decisión de la ciudadanía, quienes votaron por aprobar la redacción de una nueva Constitución y que esta se escribiera en una Convención integrada completamente por personas elegidas especialmente para esto. Luego, el 15 y 16 de mayo de 2021, se llevaron a cabo las elecciones de los 155 convencionales constituyentes, quienes tendrán nueve meses, prorrogables hasta por tres más, para realizar este trabajo.
COMPOSICIÓN DE ESCAÑOS
La Convención Constitucional está compuesta por 155 miembros que se eligieron de acuerdo a los distritos establecidos para la elección de Diputadas y Diputados. De acuerdo con la Ley N° 21.216 de Reforma Constitucional, la conformación de la Convención Constitucional tiene una representación equitativa de hombres y mujeres. Así, como resultado hay 78 convencionales hombres y 77 mujeres. El promedio de edad es de 45 años, con su miembro más joven de 20 años.
Prensa
Diario de la Educación – 22 de Julio de 2022
Iglesia desmenuza propuesta constitucional y acusa “desigual trato” a educación particular subvencionada
Los obispos católicos se mostraron preocupados también por la “fuerte presencia de la ideología de género en el texto, pues da la impresión de que busca imponerse como un pensamiento único en la cultura y el sistema educativo, lo que daña el principio de libertad de enseñanza de los padres respecto de sus hijos”.
Soychile – 13 de Abril de 2022
Pleno de la Convención aprobó Cámara de las Regiones que reemplaza al Senado
Órgano estará en el borrador de la propuesta para una nueva Constitución. Convencionales discuten normas de la Comisión de Sistema Político. Artículo que caracteriza al Congreso de Diputados y Diputadas fue devuelto a la comisión. Leer noticia
La Tercera – 5 de Abril de 2022
Plebiscito de salida para votar una nueva Constitución será el 4 de septiembre
La mesa directiva de la Convención Constitucional deberá enviar la propuesta al Presidente Gabriel Boric a más tardar el 5 de julio. El voto, para esta ocasión, será obligatorio, participarán mayores de 18 de años y contemplará dos opciones: Apruebo o Rechazo. Leer noticia
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